Solicitudes de carné y toma de fotografías
La ORH trabaja con un cronograma de fechas para las tomas de fotografías. En casos de urgencia puede comunicarse a las extensiones 5627 o 6297.
No.
Al trabajar con un cronograma de trabajo no es posible atender tomas de fotografía sin previa reservación, ya que se requiere acondicionar un espacio y la instalación del equipo para poder realizarla.
En el caso de los jubilados se requiere que la acción de cese por jubilación esté tramitada en el sistema y se debe esperar la fecha de jubilación para emitirlo.
En el caso de los profesores eméritos debe cumplir el punto anterior y además debe indicar dicha condición con anticipación para que se realice el ajuste necesario en el sistema de carné. Para ambos casos la persona usuaria debe solicitar el espacio en la programación de citas para la toma de fotografía y el cambio de condición.
Solicitud de constancias para pensión
Es una constancia de tiempo servido con una anotación especial del régimen o regímenes de pensión en los que la Universidad ha reportado a la persona; este documento es útil para que la persona solicite un estudio previo en Jupema o en IVM para conocer si está cerca de un posible derecho de jubilación.
No, solamente la Oficina de Becas elabora ese tipo de documento.
En la ORH se elabora únicamente las constancias de otro régimen conocido como Horas Asistente y Estudiante.
Dependerá del objetivo. Si es para estudio previo, sería la que se explicó anteriormente; si ya tiene el derecho de jubilación y desea iniciar los trámites, sería la de Detalle de Salarios para Pensión.
Para horas beca, debe realizar la consulta en la Oficina de Becas.
Para las horas Asistente/Estudiante, puede hacer la solicitud de constancia en la ORH, y se realizará una búsqueda en los registros disponibles.
Las fechas de cada documento ya están previamente definidas. Se recomienda realizar su solicitud con tiempo, ya que los plazos establecidos son los mínimos para dar la debida atención.
Para cualquier tipo de consulta puede escribir a constanciadigital.orh@ucr.ac.cr.
Generalmente la Jupema le indicará la fecha en que debe presentar la certificación, solamente debe considerar el plazo de entrega que tenga la ORH en ese momento, por lo que se recomienda solicitarla con la debida antelación.
Es un tipo de constancia cuyo nombre correcto es Vacaciones para pensión e informa de las vacaciones que disfrutó la persona en el mes de enero de cada año desde que ingresó a laborar hasta enero de 1993; es de uso de la JUPEMA para otorgar beneficios adicionales en el derecho de jubilación para el Régimen Transitorio de Reparto.
Se recomienda revisar la bandeja de entrada, ya que ha sucedido que es la persona quien no ha visto el correo. La cuenta desde la que se hacen los envíos es constanciadigital.orh@ucr.ac.cr.
Se recomienda verificar si el correo que quedó anotado en la solicitud es el correcto, ya que en muchas ocasiones hay error de digitación cuando se ingresó la solicitud.
Para cualquier tipo de consulta puede escribir a constanciadigital.orh@ucr.ac.cr.
Lo usual es una vigencia de un mes para constancias salariales y de tiempo servido.
Para las certificaciones de pensión, puede extenderse hasta 6 meses, si tiene expediente abierto en la JUPEMA.
El correo departamental de la Unidad de Constancias es constanciadigital.orh@ucr.ac.cr.
No.
Son regímenes diferentes, pero ambos son considerados por la JUPEMA en el estudio del tiempo laborado en el sector educación.
En caso de que los familiares de la persona fallecida deseen aplicar el beneficio que les otorga el Artículo 78 de la Convención Colectiva de Trabajo, que a la letra indica:
“En caso de fallecimiento de una persona trabajadora, la Universidad conviene en brindar un subsidio a sus familiares o beneficiarios debidamente identificados, de un 15% del salario base de un Profesional A, para gastos de funeral. Este subsidio se tramitará ante la Oficina de Recursos Humanos”.
Para solicitar este subsidio, deben completar en la ventanilla de la ORH o mediante correo electrónico: orh.vra@ucr.ac.cr la fórmula denominada “Solicitud de Trámites”. Al formulario indicado deben adjuntar los siguientes documentos:
- Certificación de Defunción emitida por el Registro Civil.
- Certificación que establezca el vínculo familiar, emitida por el Registro Civil.
- Cédula por ambos lados del familiar o persona beneficiaria.
- Documento emitido por la entidad bancaria en el cual se muestre la cuenta (IBAN) a nombre de la persona beneficiaria en la cual la Universidad debe realizar el depósito del subsidio.
En el siguiente enlace de la página web de la ORH, se encuentra un documento para los familiares, en el cual se detallan este y otros procesos: Liquidacion de Derechos Laborales
Documento:
- Procedimiento de trámites a realizar por familiares de una persona funcionaria que cesa por defunción.
No.
No.
Cese de funciones
Las constancias para retiro de ahorros de la JAFAP y FCL se emiten posterior al último día laborado.
En la UCR, el proceso completo para el pago de la liquidación de derechos laborales se inicia desde la unidad de trabajo, continúa en la Oficina de Recursos Humanos y finaliza en la Oficina de Administración Financiera. Tarda en promedio 3 meses desde que ingresa a la ORH y finaliza con el depósito en la OAF.
Estas constancias se pueden emitir si la persona funcionaria terminó en la totalidad de su jornada la relación laboral con la Universidad y tiene tramitada en el SIRH la acción de personal de la liquidación.
Se encuentran disponibles en la página web de la ORH. En el siguiente enlace: Remuneraciones
Se encuentra disponible en la página web de la ORH. En el siguiente enlace: Movimientos de personal
De forma digital se deben enviar al correo electrónico: orh.vra@ucr.ac.cr.
De forma física, se puede presentar en la recepción de ORH, en el sexto nivel del Edificio Administrativo A.
Se encuentran disponibles en la página web de la ORH. En el siguiente enlace: Liquidacion de derechos laborales/
Documentos:
- Procedimiento para gestionar el cese de funciones por pensión del Régimen del RTR o RCC de JUPEMA.
- Procedimiento para gestionar el cese de funciones por pensión del Régimen del IVM de la CCSS.
Solicitud cambio de cuenta
El proceso para cambio de cuenta bancaria debe gestionarse en la Oficina de Administración Financiera.
Contacto: Central telefónica OAF, extensiones 1123 o 4541.
El proceso para cambio de cuenta bancaria debe gestionarse en la Oficina de Administración Financiera.
Contacto: Central telefónica OAF, extensiones 1123 o 4541.
Como respaldo del porqué se deposita en bancos estatales está la Circular VRA-014-2005.
Puede solicitar el cambio de frecuencia de pago de su preferencia al correo electrónico: orh.vra@ucr.ac.cr.
Puede solicitar la ubicación de la unidad de trabajo de una persona funcionaria al correo electrónico: orh.vra@ucr.ac.cr.
Implicaciones del traslado
En el embargo se continúa rebajando por planilla con normalidad.
No corresponde a Sección Gestión de Pago. Esta información se puede consultar en las Resoluciones de Rectoría según sea el caso.
No corresponde a Sección Gestión de Pago. Esta información se puede consultar en las Resoluciones de Rectoría según sea el caso.
El traslado al salario global se finaliza mediante la gestión de una acción de personal, por lo que el pago de dicha acción de personal estará condicionado al ingreso y trámite de la misma a esta Oficina, según el cronograma de recepción y pago de acciones de personal.
El cronograma indicado se encuentra disponible en el siguiente enlace: Movimientos de Personal
Documento:
- Recepción de Documentos para Trámite
Cada persona funcionaria es responsable de valorar si le es favorable solicitar el traslado al salario global.
El salario global es un pago único.
Sí, siempre y cuando cumpla con lo establecido en las Resoluciones de Rectoría. Cada persona funcionaria es responsable de valorar si le es favorable solicitar el traslado al salario global.
Traslado de Salario Global
Si corresponde únicamente a dudas del trámite de acciones de personal sobre los traslados al Régimen Salarial Académico y Salario Global Administrativo, puede realizar su consulta con el Analista de la Sección Gestión de Pago encargado de la Unidad donde labora.
No corresponde a SGP.
1. En los casos en que la persona funcionaria administrativa o docente experimenta un nombramiento en ascenso con vigencia temporal, una vez que expire dicho nombramiento retornará a su esquema de salario compuesto en la plaza en propiedad (artículo 7, Resolución R-753-2024).
2. De acuerdo con el artículo 12 de la Resolución de Rectoría R-753-2024, las personas con traslado permanente al salario global o al régimen salarial académico podrán retornar al esquema de salario compuesto, salvo que:
- Se anule el acto de traslado por medio de un acto administrativo firme que así lo declare, previa realización del procedimiento administrativo correspondiente, donde se hayan garantizado los derechos de audiencia y defensa de la persona trabajadora.
- Lo ordene una sentencia jurisdiccional en firme.
Sí, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la Resolución de Rectoría R-753-2024, en el Artículo 2 y Artículo 3.
En estos casos, la persona funcionaria debe presentar la solicitud de traslado a la comisión respectiva para su análisis.
No.
Solo el acto de concursar para un puesto no le da el derecho al traslado.
Sí.
No.
Independientemente del tipo de remuneración que ostente, la cantidad de meses para el pago de cesantía será de acuerdo con la normativa vigente.
Plataforma de Reclutamiento
Se coordina una cita para confrontación vía correo electrónico reclutamiento.rh@ucr.ac.cr o vía telefónica 2511-4159.
Si los títulos o las cartas son remitidas por correo electrónico por la instancia que los extiende, debe hacer reenvío de los títulos y el correo electrónico de procedencia.
- Cédula
- Título de Bachiller en Educación Media
- Cartas de tiempo laborado (relacionadas con el cargo)
- Licencias A2 y B1
- Permiso de portación de armas y permiso de agente de seguridad (vigente)
- Curso básico policial o de seguridad privada
- Hoja de delincuencia
- Constancia COSEVI del récord de infracciones y puntos
No, el único medio válido para registrar el CV e inscribirse en concursos externos es a través de la Bolsa de Empleo Institucional
Ingrese a la Bolsa de Empleo, cree usuario y contraseña y alimente la información de su currículo adjuntando pdf de los títulos y/o cartas escaneadas.
No espere la publicación de un concurso externo para crear su cuenta en la Bolsa de Empleo. Hágalo con tiempo y evite contratiempos.
La Bolsa de Empleo Institucional será el único medio válido para inscribirse en concursos externos. No se considerarán correos electrónicos que incluyan hojas de vida o manifestaciones de interés en trabajar en esta Institución.
No espere la publicación de un concurso de plaza administrativa para mantener actualizado su currículo en la Bolsa de Empleo UCR. Hágalo con tiempo y evite contratiempos.
Una vez haya completado su perfil en la Bolsa de Empleo, deberá dirigirse a la pestaña «Concursos Externos», seleccionar el concurso de su interés y hacer clic en «Inscripción».
Su oferta no implica un compromiso de contratación. En caso de que sea seleccionado para ocupar una plaza administrativa vacante, se le estará contactando para que aplique el proceso de selección de personal administrativo de nuevo ingreso.
Sí. La documentación que un docente presenta en la Unidad Académica o en la Vicerrectoría de Docencia tiene fines distintos, por lo que es importante que actualice su currículo en el Portal UCR, remita los títulos y cartas de experiencia escaneados al correo electrónico reclutamiento.rh@ucr.ac.cr y solicite cita para presentar los documentos originales y/o revisar que la información del Portal cumpla los requerimientos de los concursos de plazas administrativas.
Haga su trámite con tiempo, no espere que se publique una plaza administrativa en concurso. Evite contratiempos.
De acuerdo con lo que establece el art. 18, inciso c) de la Convención Colectiva de Trabajo, las personas que hayan sido cesadas con responsabilidad patronal pueden seguir participando en concursos internos hasta seis meses calendario después de concluido su último nombramiento.
Calidad de Vida, casos de acoso laboral
Según el reglamento de la Universidad de Costa Rica en contra del hostigamiento en el trabajo o acoso laboral, los casos de acoso laboral deben ser gestionados a través de instancias disciplinarias definidas institucionalmente, es decir ante la Junta de Relaciones Laborales o la Comisión Instructora Institucional, según corresponda. Estas instancias tienen la responsabilidad de activar el proceso para evaluar la denuncia, realizar las investigaciones correspondientes y recomendar las acciones pertinentes para resolver el caso.
En síntesis, el abordaje institucional en materia de acoso laboral, de acuerdo con la normativa vigente, se realiza desde el procedimiento de denuncia formal y con carácter personal a las instancias competentes para este fin.
El acoso laboral es considerado un riesgo del trabajo y como tal, en materia de salud laboral debe ser canalizado mediante el Instituto nacional de Seguros, las instancias encargadas de medicina de empresa o salud ocupacional en la Institución, o bien por medios que la persona trabajadora gestione fuera de la institución. Esto con el objetivo de que la persona acceda a atención profesional para manejar las secuelas emocionales de este riesgo psicosocial.
Sin embargo, dentro del ámbito de competencia de la Oficina de Recursos Humanos, se ofrece la posibilidad de favorecer la reinserción laboral de la persona en su grupo de trabajo mediante la aplicación de prácticas restaurativas para contribuir a que la persona afectada pueda trabajar en condiciones de bienestar en su convivencia laboral.
Sí, La Unidad de Calidad de Vida Laboral ofrece una serie de servicios como la Resolución Alterna de Conflictos, Círculos de Paz, Prácticas Restaurativas, abordajes grupales orientadas a necesidades específicas, asesoría permanente, entre otros.
Para ello se requiere que alguna de las partes del proceso solicite el servicio, teniendo en consideración que todos estos servicios se dirigen a la construcción de acuerdos y condiciones laborales de mejora por las partes involucradas, donde el rol de la Unidad de Calidad de Vida Laboral es el de facilitar un proceso horizontal, respetoso y de construcción conjunta.
Por lo anterior, estos servicios se brindan con carácter de voluntariedad de las partes y en un nivel preventivo a que la situación escale a una instancia judicial o disciplinaria.
La Unidad de Calidad de Vida Laboral ofrece asesoría permanente acerca del traslado o permuta de plazas administrativas, a las unidades o personas interesadas.
Adicionalmente en situaciones en las que se busca gestionar un traslado o permuta en el marco del acuerdo entre las partes, es posible desde la UCVL realizar un proceso de mediación para que las partes logren definir las condiciones bajo las cuales se establece el movimiento, tales como periodo, interrupción, remuneración, actividades a desarrollar, entre otros.
Se habla de traslado cuando la persona trabajadora se reubica con su plaza en una unidad de trabajo distinta a la unidad en la que dicha plaza se ubica en la relación de puestos institucional. Por otro lado, se habla de permuta cuando, dos personas de unidades de trabajo distintas se intercambian en horizontalidad de condiciones y clases ocupacionales. Ambos procesos pueden darse de manera temporal o permanente y tienen como requisito que las personas participantes ocupen plazas en propiedad o interinas vacantes (sujetas a presupuestos ordinarios y sin nombramientos en “cadenas”).
Para efectos de la permuta, esta se produce en el momento en que existe compatibilidad entre dos personas con horizontalidad de condiciones, siempre que exista el aval de los superiores jerárquicos de las unidades de trabajo participantes.
Para facilitar la identificación de posibilidades, la Unidad de Calidad de Vida Laboral pone a disposición un formulario de “Permutas Saludables” para que las personas interesadas lo completen, manteniendo un registro institucional actualizado. En caso de detectarse una posibilidad de intercambio la UCVL contacta a las partes.
Casos de traslado o permuta que se apartan del contexto de mutuo acuerdo, deben ser revisados en su particularidad con el debido análisis.
Prácticas profesionales
Puede comunicarse con la Sra. Rosibel Arguello Segura del Área de Desarrollo Humano al 25116099 o al correo rosibel.arguello@ucr.ac.cr.
Las pasantías y prácticas de colegios técnicos se rigen por el calendario que establece el Ministerio de Educación Pública
En el caso de prácticas a nivel universitario o de otras instituciones educativas, la persona interesada debe presentar la solicitud directamente a la Unidad donde considera que puede desarrollarla, y queda a discreción del director o directora de esa dependencia aceptar al estudiante.
A partir del año 2018 que entró en operación la comunicación de los accidentes de trabajo de la UCR por medio de la plataforma INS RT Virtual, se impartió capacitación a las jefaturas administrativas por medio del INS. A quien le corresponde llenar el aviso de accidente es a la jefatura administrativa. Sin embargo, se autorizó que por unidad se registre otra persona para aquellos casos donde la jefatura administrativa se encuentre fuera de la oficina y suceda un accidente laboral, de modo que la segunda persona autorizada sea quien realice el aviso de accidente.
Si el trabajador sufre un accidente en trayecto (casa/oficina o viceversa), la jefatura administrativa es quien debe realizar el aviso de accidente laboral. La ORH preparó en el Sistema Integrado de Recursos Humanos una herramienta en línea para que las unidades de trabajo en todas las Sedes Universitarias de la Institución dispongan de la información salarial que se requiere en estos reportes. Sin embargo, el INS ha actualizado esta herramienta, y actualmente esta información ya está incorporada en el aviso de accidente mediante el sistema RT Virtual.
En caso de que exista una diferencia salarial de un mes a otro, el INS le solicita al funcionario que presente una certificación de los salarios de los últimos 3 o 6 meses. En este caso el funcionario puede bajar la información del SICERE de la CCSS en el siguiente enlace: https://aissfa.ccss.sa.cr/afiliacion/histLaboral/histCotizacion/index.xhtml o solicitarlo en la ORH con los plataformistas de servicio al usuario, así como también al correo constanciadigital.orh@ucr.ac.cr.
La persona usuaria debe crear su usuario y contraseña a través del siguiente enlace: https://rtvirtual.grupoins.com, debiendo primeramente registrarse. Antes de realizar este paso, la jefatura administrativa debe enviar un correo a olga.bermudez@ucr.ac.cr solicitando se le dé acceso para utilizar la póliza institucional 0080410. Este correo debe contener el nombre completo de la persona trabajadora, cédula de identidad, correo electrónico y el puesto que desempeña.
Importante: ya no es necesario agregar el @insinpe.com en la casilla de usuario, ahora solo debe ingresar su número de identificación y contraseña.
En apego a lo establecido en el artículo 214 del Código de Trabajo, la Universidad está obligada a denunciar al INS todos los riesgos del trabajo que ocurran a sus trabajadores, dentro del plazo máximo de 8 días hábiles siguientes a su acaecimiento. Sin embargo, si el siniestro se reporta transcurrido este plazo, la aceptación de este quedará a criterio administrativo, salvo que haya transcurrido el plazo de prescripción contenido en el artículo 304 del Código de Trabajo, en cuyo caso el siniestro no será aceptado.
Dato adicional: el Área de Riesgos y Seguros de la Oficina de Administración Financiera es la encargada y única autorizada para realizar cualquier gestión o consulta ante el Instituto Nacional de Seguros (INS). Para que sus consultas sean atendidas, deben ser enviadas al correo riesgosyseguros.oaf@ucr.ac.cr o llamar a las extensiones 1105 – 1108 con Mariela Morales Serrano.